Durante la reciente temporada, julio – agosto de 2021, la Dirección Jurídica (DJ) ha continuado con el desarrollo de actividades en defensa de los intereses de las empresas y gremios afiliados a la CIP. Para tal efecto se realiza seguimiento normativo, absolución de consultas con afiliados e intervención en procesos constitucionales respecto a cuestiones relevantes para el sector productivo nacional.
En cuanto corresponde al seguimiento normativo, la DJ participa activamente en la tramitación de proyectos de ley que son de interés para los sectores representados. Algunos de los proyectos objeto de análisis son: Ley Orgánica para la Defensa y Garantía de los Derechos Individuales y Colectivos de los Trabajadores; Ley Orgánica para impulsar el Trabajo de la Mujer, Igualdad de Oportunidades y Economía Violeta; Ley del Lobby y la Gestión de Intereses en la Administración Pública; Ley para la Promoción y el Fortalecimiento de las Organizaciones de Trabajadores; y, Ley Reformatoria a la Ley de Compañías.
Asimismo, la CIP mantiene un constante dialogo tripartito en la generación de propuestas normativas y políticas laborales para el fortalecimiento e impulso de oportunidades de trabajo en personas vulnerables como jóvenes, mujeres y adultos mayores; nuevas modalidades contractuales; jornadas y horarios que se adapten a las necesidades de las partes y un nuevo régimen de jubilación patronal.
En cuanto a la intervención judicial efectuada por la CIP, nos complace informar que han sido acogidos los argumentos presentados a la objeción parcial por inconstitucionalidad presentada por el Presidente de la República al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Mediante Dictamen No. 3-21-OP/21 la Corte Constitucional, con nueve votos a favor, declaró la inconstitucionalidad de las disposiciones respecto a la moratoria de la emisión de títulos habilitantes para realizar actividades de transporte en un período de 2 años; la restricción del uso de plataformas digitales para la optimización de la gestión del transporte terrestre, únicamente a las operadoras que cuenten con un “título habilitante”; y, la prohibición del retiro o cambio de socios o accionistas de una operadora de transporte durante el período de 5 años, por contravenir el derecho a la libertad de contratación, libertad de asociación y el derecho a desarrollar actividades económicas en igualdad de condiciones.
Respecto a la absolución de consultas, la DJ responde a distintas interrogantes planteadas por afiliados. En su mayoría estas se relacionan con el régimen laboral y de seguridad social, así como de tributación y cumplimiento de obligaciones societarias frente a los organismos de control.