La Cámara de Industrias y Producción realizó el webinar sobre el Reglamento sobre Cannabis No Psicoactivo y Cáñamo para uso industrial donde participaron Francisco Roldán Cobo, socio de Pérez, Bustamante & Ponce y Andrés Luque, subsecretario de Producción Agrícola del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Francisco Roldán Cobo, socio de Pérez, Bustamante & Ponce, realizó la explicación legal del Reglamento. Afirmó que este es un tema novedoso y prometedor para la economía del Ecuador. Detalló los pormenores del Acuerdo Ministerial 109, expedido 19 de octubre por parte del Ministerio de Agricultura y Ganadería respecto al Cannabis no psicoactivo y Cáñamo de uso industrial.
“Contiene el reglamento para la importación, siembra, cultivo, cosecha, postcosecha, almacenamiento, transporte, procesamiento, comercialización y exportación de cannabis no psicoactivo y cáñamo para uso industrial. Establece claramente la diferencia entre el Cannabis psicoactivo y el no psicoactivo. El contenido del reglamento tiene 8 capítulos”, refirió.
Aclaró que el cannabis psicoactivo no es parte de este acuerdo ministerial. Afirmó que las personas naturales deben conformar una empresa o en cooperativas y asociaciones son las que pueden aplicar para licenciarse por parte del MAG para la comercialización del cannabis o cáñamo. Explicó además que para involucrarse en este tipo de producción existen 7 tipos de licencias.
Andrés Luque, subsecretario de Producción Agrícola del Ministerio de Agricultura y Ganadería, por su parte, dijo que el cáñamo tiene una rentabilidad similar a otros cultivos agrícola, por lo que hay que cuidarse de hacer inversiones muy altas, pensando en recuperar el capital de manera rápida.
Entre las ventajas añadió que “el CBD tiene una ventaja en el Ecuador pues es uno de los 17 países más megadiversos del mundo“. Si ya se va a ingresar en esa industria debe ser por varios componentes para ofrecer más productos a los consumidores, acotó.
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