- Medidas de prevención obligatorias para el trabajador:
- Lávese las manos con agua y jabón durante 60 segundos, cada 3 horas, o en los siguientes casos:
- Al inicio de la jornada laboral y al finalizar la misma.
- Al ingresar a las instalaciones de la empresa o lugar de trabajo.
- Antes y después de comer.
- Antes y después de ir al baño.
- Posterior al toser o estornudar.
- Use alcohol o gel a base de alcohol en los siguientes casos:
- Cuando acuda a otro puesto de trabajo.
- Cuando toque superficies de uso común (puertas, manijas, chapas, botones del ascensor, etc).
- Cuando intercambie objetos con otra persona.
- Al ingresar y salir de la unidad de transporte institucional.
- Cuando le sea imposible lavarse las manos.
- Al toser o estornudar cubrirse la boca y la nariz con el codo flexionado o con un pañuelo desechable.
- No saludar con beso en la mejilla, abrazo, ni apretón de manos. No compartir objetos
- En caso de presentar síntomas, está prohibido automedicarse.
- No acudir a lugares concurridos como cines, conciertos, eventos deportivos, centros comerciales, entre otros.
- Evitar el contacto directo con personas que padezcan infecciones respiratorias agudas.
- Medidas de prevención en los centros de trabajo:
- Desinfección de las superficies de trabajo y transporte.
- Las superficies (por ejemplo, comedores, baños, salas de reuniones, escritorios y mesas), los objetos (por ejemplo, equipos, teléfonos y teclados) y sitios de accesos a la planta, pasillos o áreas concurridas deben limpiarse con desinfectante frecuentemente en horarios diferenciados.
- Vehículos para transporte institucional antes y después de su uso.
- Promover y difundir por los canales internos de comunicación corporativa información sobre las normas de higiene respiratoria y lavado de manos.
- Ventilar de forma frecuente las instalaciones de la empresa, si es posible mediante la apertura de las ventanas.
- Realizar chequeos médicos previo al inicio de jornada laboral.
- Reorganizar los puestos de trabajo alternando equipos de distintas áreas y así evitar contagios de una misma dirección.
- Promover el teletrabajo, en la medida de lo posible para su empresa, sobre todo en personas vulnerables (mujeres embarazadas o lactantes, personas de la tercera edad, personas en contacto con niños).
- Restringir los viajes al exterior por temas laborales. Notificar al responsable de recursos humanos en caso el trabajador haya realizado viajes (personales o no) al exterior.
- Evitar todo tipo de aglomeraciones, controlar que clientes y empleados mantengan la distancia de al menos dos metros entre ellos, a fin de evitar posibles contagios.
- Evitar las reuniones grupales de manera presencial de más de 10 personas y fomentar las reuniones virtuales. Las reuniones cortas (máximo 30 minutos) con proveedores, clientes, etc, en salas amplias, ventiladas y que permitan mantener la distancia recomendada entre personas (2 metros). Estas se realizarán únicamente en caso comprometan la operación.
- Restringir las visitas proveedores y clientes, permitirlas únicamente en caso sea imprescindible y comprometa la operación. Previo al ingreso la visita, deberá completar el formulario “Declaración de Salud del Visitante” e informarse sobre las normas de higiene.
- Evitar el uso de los dispositivos biométricos (huella digital) y promover el uso de tarjeta magnética para el ingreso a oficinas, edificios, etc.
- Aplazar los cursos presenciales de formación interna.
- Medidas de prevención en comedores:
- Alternar los horarios de comida en grupos de 30 personas con el fin de evitar compartir espacios comunes, respetar un distanciamiento de 2 metros de distancia por persona.
- Retirar las vajillas reutilizables, colocar vajillas desechables en su lugar y un recipiente con tapa para su disposición final.
- ¿Qué hacer si un trabajador presenta síntomas?
Se considera caso sospechoso aquel que cumpla con uno de los siguientes criterios:
- Paciente con enfermedad respiratoria aguda de cualquier nivel de gravedad que incluya estos signos/síntomas: fiebre (mayor a 38 grados), tos, dificultad respiratoria, malestar general y, además:
- Cuente con antecedente de viaje o residencia en los 14 días previos al inicio de los síntomas a países que reportan casos de COVID-19.
- Quienes hayan mantenido contacto con casos confirmados por el nuevo coronavirus COVID-19 en los 14 días previos al inicio de síntomas.
- Pacientes con infección respiratoria aguda grave caracterizada por fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general y que requieren hospitalización, sin etiología identificada.
4.1. Notificación de casos sospechosos:
Si se presentare alguna persona en el espacio laboral con los criterios fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general y que refiera contacto con personas diagnosticadas como casos sospechosos, probables o confirmados de coronavirus (COVID-19) o, que catorce (14) días antes haya visitado áreas de riesgo de transmisión de este virus o países con casos confirmados de coronavirus (COVID-19) conforme información oficial, se deberá comunicar a recursos humanos y llamar a la línea gratuita 171 o 911, para la valoración médica correspondiente y pedir instrucciones.
Una vez identificada la persona potencialmente contagiada, se deberá identificar a las personas que mantuvieron contacto con el posible contagiado.
Se aplicarán automáticamente los protocolos que marque la Autoridad Sanitaria en ese momento y que puede suponer la aplicación de medidas para proteger y evitar al máximo el contagio y su propagación entre los trabajadores.
Además, la empresa deberá desinfectar las áreas transitadas por los casos sospechosos y el círculo de contacto del trabajador.
4.2. Investigación de campo por parte de la Autoridad Sanitaria Nacional:
De existir la confirmación de un caso en el centro de trabajo, el Ministerio de Salud Pública realizará la investigación de campo, la misma que permitirá realizar el censo de contactos y el seguimiento de trabajadores sospechosos y asegurar la detección oportuna de estos casos.